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RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO O DEFINIDO

  • Foto del escritor: Urbe Abogados
    Urbe Abogados
  • 28 feb 2017
  • 2 Min. de lectura

El contrato de trabajo a término fijo o definido, se caracteriza por tener una fecha de terminación específica, sin embargo, se debe cumplir un requisito adicional para que este tipo de contrato se termine en el tiempo señalado.


Este requisito es el Preaviso, el cual consiste en informar su terminación con 30 días calendario de anticipación a la fecha de finalización.


Sin embargo, existe una excepción a la regla, y esta se refiere a los contratos de trabajo a término fijo o definido con una duración igual o inferior a 30 días, es decir que estos contratos se terminan en la fecha pactada sin necesidad del Preaviso.


Por lo tanto, si su contrato de trabajo a término fijo o definido fue terminado en el tiempo pactado dentro del contrato, pero sin haber recibido el Preaviso con 30 días de anticipación su terminación, este se entiende renovado por el mismo periodo de duración inicial.


¿CUÁNTAS VECES PUEDE SER RENOVADO UN CONTRATO DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO O DEFINIDO?


El contrato de trabajo a término fijo o definido puede ser renovado infinitamente, sin embargo, existe una regla para los contratos de trabajo a término fijo o definido cuando la duración es inferior a 1 año.


Esta regla indica que los contratos de trabajo a término fijo o definido inferiores a 1 año solo pueden ser renovados 3 veces por el mismo periodo inicial y que la cuarta renovación tendrá una duración de 1 año.


A modo de conclusión, URBE ABOGADOS ilustrará lo expuesto con unos ejemplos de la vida práctica, así:


CASO.


Juana fue contratada por Almacenes Suerte S.A. el 1 de enero de 2015, bajo la modalidad de contrato de trabajo a término fijo o definido con una duración de 3 meses.


SITUACIÓN 1.


Juana recibió una carta el día 15 de marzo de 2015, en donde se informó que su contrato terminaría el próximo 30 de marzo (Preaviso).


En este caso estarían violando los derechos laborales de Juana si no continúa trabajando después del 30 de marzo de 2015, porque el preaviso se tuvo que hacer con 30 días calendario de anticipación a la terminación de su contrato, es decir el 30 de febrero de 2015.


SITUACIÓN 2.


Estamos a 30 de diciembre y Juana ha venido trabajando desde el 1 de enero de 2015, sin ser informada de la fecha de terminación de su contrato (A la fecha el contrato ha tenido 3 renovaciones).


CONTRATO INICIAL – 1 de enero de 2015 hasta el 30 de marzo de 2015

RENOVACIÓN 1 - 1 de abril de 2015 hasta el 30 de junio de 2015

RENOVACIÓN 2 - 1 de julio de 2015 hasta el 30 de septiembre de 2015

RENOVACIÓN 3 – 1 de octubre de 2015 hasta el 30 de diciembre de 2015


Por lo tanto, al no recibir un preaviso de la terminación del contrato y al haber sido renovado 4 veces, su contrato de a término fijo o definido tendrá una duración de 1 año a partir del 1 de enero de 2016.


Finalmente, Urbe Abogados pone a su disposición sus servicios jurídicos, con el objeto de proteger sus derechos laborales ante las autoridades colombianas.




 
 
 

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