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¿CUÁL ES EL RÉGIMEN DE PENSIONES QUE MÁS LE CONVIENE?

  • Foto del escritor: Urbe Abogados
    Urbe Abogados
  • 1 jun 2017
  • 4 Min. de lectura

Debido a la desinformación que existe frente a las pensiones, regímenes de pensiones, fondos privados y Colpensiones, Urbe Abogados les presentará varios casos que les servirán para despejar varias de las inquietudes más comunes, y al tiempo invitar a los lectores a formular sus inquietudes, con el ánimo de brindar una solución concreta a cada situación.


Así, en Colombia existen 2 regímenes pensionales, el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (Colpensiones) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Fondos Privados – Colfondos, Porvenir, Protección, etc).


Para poder dar una adecuada orientación, indicaremos los requisitos para obtener una Pensión de Vejez en cada uno de los 2 Regímenes Pensionales y qué criterios se tienen en cuenta para el cálculo de la pensión:


1.- Régimen de Prima Media con Prestación Definida (Colpensiones):


Requisitos:


Son 2 requisitos para obtener una Pensión de Vejez, el primero es cumplir la edad de pensión (62 años hombres y 57 años mujeres) y obtener un mínimo de 1300 semanas de cotización.


Cálculo de Pensión:


La pensión en este Régimen se hace con el promedio de los últimos 10 años de aportes, o el de toda la vida laboral si le es mejor al futuro pensionado.


Por otra parte, se debe tener en cuenta que 1300 semanas de cotización es el mínimo, lo cual nos brinda un porcentaje que podrá variar entre el 55% y el 65% para el cálculo de la pensión y por cada 50 semanas de cotización adicionales se podrá aumentar dicho porcentaje, hasta completar un máximo del 80%, el cual se obtiene con 1700 semanas de cotización.


Vale la pena recordar, que las semanas adicionales a las que se necesita para obtener el estatus pensional, no servirán para aumentar el monto de la pensión.


Ejemplo:


El señor Juan cumplió 62 años y para esa fecha contaba con 1850 semanas de cotización.


El Salario de sus últimos 10 años fue de $2.000.000 de pesos, y teniendo en cuenta que tiene más de 1700 semanas de cotización (El tope de semanas a tener en cuenta), su pensión será del 80% del promedio de sus últimos 10 años de aportes a pensión ($2.000.000)


En consecuencia, el valor de la pensión del señor Juan en Colpensiones será de $1.600.000 pesos.


2.- Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Fondos Privados):


Acá solo se necesita tener un monto en la cuenta individual (Se debe preguntar cúal es el monto en su administradora de pensiones), que pueda brindarle al aportante una pensión.


Para calcular el monto de la pensión, no solo se tendrá en cuenta la edad del aportante para revisarla frente a la Resolución 1555 de 2010 de la Superintendencia Financiera (Vida Probable en Colombia), para calcular la pensión se tomará la vida probable de todo su núcleo familiar.


Sin embargo, existe una Garantía de Pensión Mínima, el cual se da cuando el aportante cumple la edad de pensión (62 años hombres y 57 años mujeres) y el dinero ahorrado en la Cuenta Individual del Fondo de Pensiones no le alcanza para una pensión. En este caso le pedirán un mínimo de 1150 semanas de cotización (150 menos que en Colpensiones) y le darán una pensión de 1 Salario Mínimo de por vida.


Ejemplo:


El señor Arturo tenía 62 años de edad y siempre cotizó sobre 1 salario mínimo, razón por la cual en su Cuenta Individual de su Fondo de Pensiones no hay dinero suficiente para obtener una pensión.


Sin embargo, la asesora del Fondo de Pensiones revisó y el señor Arturo tenía 1252 semanas de cotización (Más de las 1150 necesarias), en consecuencia, le otorgaron el Beneficio de Pensión Mínima y obtuvo una pensión de 1 salario mínimo de por vida.


Teniendo en cuenta lo anterior, Urbe Abogados seleccionará casos de la vida diaria y frente a cada uno indicará cuál es la mejor opción para pensionarse y porqué se debería tomar esa decisión:


Casos de la Vida Diaria:


Caso 1:


La señora Margarita ha trabajado toda su vida (30 años de servicios) en el Sector Público y los aportes que le hace a la entidad son de $2.000.000 mensuales (Contando todos sus factores salariales).


En este caso, en concreto, se recomienda estar en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (Colpensiones), toda vez que por el número de semanas de cotización (30 años = Más de 1700 Semanas de Cotización) su pensión será el 85% del promedio de sus últimos 10 años ($1.700.000).


Si se encontrara en un Fondo Privado, obtendría una pensión mucho menor, debido a la forma de liquidación que tienen las Administradoras de Fondo de Pensiones.


Caso 2:


El señor Gonzalo vivió casi toda su vida fuera del país y por ello nunca había cotizado a pensiones, pero, a sus 54 años decidió regresar a Colombia para crear su propia empresa.


Como recibe ingresos en Colombia, está obligado a cotizar a pensiones, sin embargo, él no completará las semanas de cotización dentro de los 8 años que le quedan para cumplir los 62 (Edad mínima para pensionarse).


En el caso del señor Arturo, se recomienda la afiliación al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Fondos Privados – Porvenir, Colfondos, etc.), toda vez que los requisitos para la pensión de sobreviviente y la pensión de invalidez son los mismos en ambos Regímenes y como no cumplirá los requisitos para una pensión de vejez, podrá solicitar una devolución de sus aportes, más los rendimientos financieros que se hayan generado (9% anual en promedio).


En este caso, el lucro será mayor en un Fondo Privado, toda vez que en Colpensiones solo recibirá una Indemnización Sustitutiva de la Pensión, la cual es inferior al valor de los aportes realizados.


Finalmente, Urbe bogados les recuerda que está a su disposición en caso de querer resolver las dudas que tenga sobre el tema, con el objeto de ayudar en la búsqueda de una mejor pensión para usted y los suyos.



 
 
 

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